TEMA 5

 

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Tratamiento de datos y derechos de autoría


Última actualización: dilluns Abril 27, 2020 15:55:08 GMT-0000 ...page...

1.1.1. - Tratamiento de datos y derechos de autoría


Una característica propia de nuestra tarea docente, es la cantidad de datos que se generan. Muchos de esos datos entrarían dentro del ámbito de los DATOS PERSONALES o DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Podemos pensar en varios ejemplos, aplicables tanto al profesorado como al alumnado, o bien al resto de miembros de la comunidad educativa.

Pero, ¿qué entendemos por datos personales?

Los datos personales son cualquier información relativa a una persona física viva identificada o identificable. Las diferentes informaciones, que recopiladas pueden llevar a la identificación de una determinada persona, también constituyen datos de carácter personal. Los datos personales que hayan sido anonimizadas, cifradas o presentadas con un pseudónimo, pero que puedan utilizarse para volver a identificar a una persona, continúan siendo datos personales.

Los datos personales que hayan sido anonimizadas, de forma que la persona no sea identificable o deje de serlo, dejarán de considerarse datos personales. Porque los datos se consideran verdaderamente anónimos, la anonimización tiene que ser irreversible.

Comisión europea


La actividad docente, además, implica la utilización de recursos de muchos tipos y orígenes, los cuales están sujetos a unas condiciones de propiedad que conocemos como PROPIEDAD INTELECTUAL, y por tanto hay que respetar los DERECHOS DE AUTORÍA.

...constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual, el objetivo de la cual es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los editores y otros intermediarios que las distribuyen y el público que las consume.

Bondía, 1988


Si recordáis, en el Tema 1 comparábamos la web del centro con una ventana, lo más abierta posible al mundo y en la que todos los aspectos del día a día se puedan reflejar y mostrar cuanto más personas, mejor. Esto ofrece infinidad de ventajas y posibilidades, a la vez que implica algunas responsabilidades en los dos conceptos anteriores.

En este tema, estudiaremos qué tipo de cuestiones tenemos que atender, indicando algunas buenas prácticas que nos ayudarán a cumplir con la normativa vigente, intentando limitar el menos posible la capacidad de nuestro lugar.

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2- Legislación


No es el objetivo de este curso hacer una recopilación completa de todo el marco normativo que regula el tratamiento de los datos en una página web. Sin embargo, es recomendable conocer qué normativa nos afecta, sobre todo teniendo en cuenta la importancia que, cada día más, están poniéndose de manifiesto alrededor de cuestiones relacionadas con la privacidad y la propiedad intelectual.

Lo primero que hay que tener presente es que la legislación que regula nuestra actividad como desarrolladores de un sitio web docente tiene tres orígenes:

  • Comunidad Europea
  • Gobierno de España
  • Generalitat Valenciana


Si tenemos en cuenta que la normativa europea es la que marca las directrices a seguir y que esta ha entrado en vigor en mayo del 2018, entendemos que el resto de regulaciones posteriores son de reciente publicación. Entre todo el conjunto de normas, y para los tres niveles comentados, destacamos las siguientes:

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REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE.

En mayo de 2018 se empezó a aplicar esta normativa (conocida como RGPD, o GDPR en inglés), que obliga a todos los Estados a modificar su legislación relativa a tratamiento de los datos personales. En la web de la Comisión Europea podéis encontrar la información mucho más desglosada que en el texto reglamentario.

200px Flag Of Spain
A consecuencia de la normativa europea, a escala estatal, aparece la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, destinada a adaptar el ordenamiento español al Reglamento general de protección de datos y completar sus disposiciones.

En relación con la propiedad intelectual, seguimos amparados por lo que se indica en el Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

200px Flag Of The Valencian Community (2x3)
Finalmente, nos encontramos con la normativa de nuestra comunidad autónoma, redactada a fin de adaptar el funcionamiento de las entidades públicas al nuevo escenario, tanto tecnológico y social, como normativo.

ORDEN 19/2013, de 3 de diciembre, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la cual se establecen las normas sobre el uso seguro de medios tecnológicos en la Administración de la Generalitat.

RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2018, de la Subsecretaría de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se dictan instrucciones para el cumplimiento de la normativa de protección de datos en los centros educativos públicos de titularidad de la Generalitat.

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2019 del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Infantil de segundo ciclo y Educación Primaria durante el curso 2019-2020.

Resolución de 5 de julio de 2019, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato durante el curso 2019-2020.

Resulta de especial interés este último enlace, puesto que en él encontraréis instrucciones para la mayoría de las situaciones y contextos más habituales así como la respuesta a dudas que acostumbran a darse en los centros educativos. Podéis igualmente consultar esta resolución en un formato más amigable siguiendo este enlace.

Aun así, hay que tener igualmente presente las correspondientes instrucciones de inicio de curso para cada nivel educativo, en las cuales también acostumbran a aparecer indicaciones referentes a la temática que nos ocupa.

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1.1.2. - Buenas prácticas


La intención de este material es explicar, de la manera más práctica posible, cómo tienen que tratarse los contenidos 'sensibles' (por protección de datos y por derechos de autoría) que utilizamos en Portal.edu. Nuestro objetivo es que tengáis a vuestra disposición las herramientas necesarias, poder realizar una publicación ajustada a normativa y que, por lo tanto, no pueda suponer ningún problema legal.

Por eso, presentaremos una serie de buenas prácticas, contextualizadas en situaciones típicas que tendremos que afrontar a la hora de publicar información en Internet, clasificando estas situaciones según tengan que ver con el tratamiento de datos, o con los derechos de autoría.

Antes de continuar...

Según la Orden 19/2013 de 3 de diciembre presentada en la sección anterior, recordad que TODA la información relativa al centro, como:

  • Listados
  • Horarios
  • Actividades
  • Imágenes
  • Videos
  • Comunicaciones
  • ...


Tendrá que estar, OBLIGATORIAMENTE, alojada en los servidores de la Consellería.



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A.- Tratamiento de datos personales


Ya hemos visto qué significa que unos datos se consideren personales y que, por lo tanto, sirvan para identificar al/a alumno/a. También comentamos al inicio de este curso que el objetivo de Portal.edu no es el alojamiento de cursos o grupos académicos sino ofrecer un espacio público de publicación de información, bien sea la web de un centro, uno del blog docente o cualquier otro tipo de lugar docente. Teniendo en cuenta esto, no tendrían que darse muchas circunstancias en las cuales los datos personales del alumnado puedan ser subidas y difundidas a través de esta plataforma.

Cuando hablamos de espacios virtuales de aprendizaje donde alojar cursos, materiales, establecer comunicación entre los diferentes usuarios (docentes vs estudiantes), recoger entregas de nuestros alumnos, generar cuestionarios evaluables o no, llevar a cabo un registro de calificaciones, etc., lo estamos haciendo del Moodle corporativo y en este momento se está trabajando en nuevo entorno corporativo denominado AULES con la previsión que para el inicio del curso 2019-20 esté a disposición de todos los centros que lo solicitan.

Entonces y centrándonos únicamente en el entorno Portal.edu y sus funcionalidades, algunas situaciones con las cuales sí que podemos encontrarnos y que están directamente relacionadas con el tratamiento de los datos personales, podrían ser:

Publicación de listados

Nos podemos encontrar, si pensamos por ejemplo en la persona con el rol de Dirección, o si hemos creado uno/a usuario/a asociado/a a las tareas de administración de la secretaría del centro, con la posibilidad de publicar los listados de admisión.

Al tratarse de datos personales, y de acuerdo con el apartado 3.3. Publicación de datos de la RESOLUCIÓ de 28 de juny de 2018 del DOGV, que hemos comentado en el punto anterior: "... la publicidad tendrá que hacerse de forma que no suponga un acceso indiscriminado a la información; por ejemplo publicando la relación de alumnos admitidos en los tablones de anuncios en el interior del centro o en una página web de acceso restringido a quienes hayan solicitado la admisión ..."

Además, habrá que prestar atención a los datos que se hacen públicos por cualquier vía, incluyendo el tablón de anuncios del centro, de forma que "Esta publicación tendrá que recoger solo el resultado final del baremo, no resultados parciales que puedan responder a datos o información sensible o poner de manifiesto la capacidad económica de la familia ..."


 

Imágenes/Vídeos del alumnado

Este es, probablemente, el tema más 'sensible' de todos los que trataremos. La toma de imágenes, videos o incluso audios, como parte de la actividad docente puede realizarse sin autorización, aunque siempre con un proceso de información previa.

Sin embargo, siempre que haya una publicación de imágenes, videos o audios de nuestro alumnado en Portal.edu (recordad que SOLO se puede en los servidores de la Consellería), necesitamos la autorización correspondiente, puesto que son consideradas datos personales en tanto en cuanto permiten identificar a la persona. Quién tiene que autorizarnos?

  • <14 años --> Representantes legales
  • >=14 años El/la interesado/a


Gestor Educativo es el portal de recursos de la administración para la gestión y organización de centros educativos.

En este portal podemos encontrar toda una serie de formularios que podéis consultar de entre los cuales, ahora mismo os podrían ser de utilidad los siguientes:

  • Autorización cesión de derechos de imagen y sonido (F_0166)
  • Solicitud de consentimiento para la recogida de datos (F_0167)
  • Cartel de aviso para la captación de imágenes por madres, padres o familiares (F_0168)


Pensad que siempre tenemos la alternativa de colgar imágenes donde no se pueda reconocer a las personas, bien por las propias características de la imagen, o mediante un retoque fotográfico.

Podéis leer más en el artículo 4 de Tratamiento de las imágenes de los alumnos en la RESOLUCIÓ de 28 de juny de 2018.



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B.- Derechos de autoria


En este apartado queremos centrarnos, en gran medida, a prestar especial atención a la propiedad intelectual de los recursos que queremos emplear en nuestro sitio web, sea de producción propia, sea copiado o adaptado otros lugares.

¿Qué son los derechos de autoría?

 

Los derechos de autoría son una forma de protección para las personas autoras de obras originales incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, plásticas e intelectuales. Son un conjunto de derechos incluidos en el texto refundido de la Ley de Propiedad intelectual.


 

¿Por qué lo hablamos en este curso?

 

Todo lo que está publicado en Internet puede ser considerado como una obra y, por lo tanto, sujeto a la Ley de Propiedad Intelectual. El contenido que publicaremos en el sitio web de nuestro centro estará, por lo tanto, sujeto a los derechos de autoría y es importante conocerlos para ser conscientes de estar haciendo las cosas de forma correcta.

A pesar de que tener un conocimiento en profundidad no es objetivo del curso, sí que queremos dar unas pinceladas de las ideas más importantes en referencia a la propiedad intelectual.

En particular, ¿qué contenidos o materiales estarían sujetos a la ley?

Prácticamente todo. Destacamos, por tratarse de lo más utilizado, los siguientes:

  • Textos: noticias, artículos, dosieres, libros, cuadernos, poemas, cualquier redacción que pueda ser considerada una obra literaria, etc.
  • Material multimedia: imágenes, logos, fotografías, ilustraciones, animaciones, videos, juegos interactivos, sonidos, canciones, grabaciones, etc.

 

¿En qué nos afecta la ley a la hora de publicar en nuestro sitio web?

 

Nos puede afectar de dos maneras diferentes:

  • Como autores o autoras de obra propia. Cuando los contenidos que publicamos, los hemos creado nosotros/as.
  • Como publicadores de obra ajena. Cuando utilizamos material ajeno (textos, material multimedia o cualquier otro tipo de obra) como parte de nuestro sitio web. Ya sea como mera copia del original o como adaptación (obra derivada) de cualquier contenido o material que encontramos en diferentes repositorios.

 

¿Cuáles son los aspectos más importantes de la Ley de Propiedad Intelectual?

 

El artículo 1 de la Ley dice:

Hecho generador. La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.

Por lo tanto, toda obra está protegida desde el momento de su creación y no es necesario hacer ninguna indicación ni poner ninguna marca que lo indique. Es decir, cuando nos encontramos ante una obra y si no se indica nada en sentido contrario, significa que todos los derechos están reservados. Es el mismo caso que cuando hay una indicación expresa de Copyright (©).

T5 P6 1 LPI


Los artículos 5 y 6 de la ley dicen:

Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica.

...

Se presumirá autor, excepto prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique.

De aquí la importancia de dejar constancia de la autoría de una obra si se quieren ejercer los derechos.

La ley concede a las personas autoras dos tipos de derechos. Por un lado, un conjunto de derechos de carácter moral, irrenunciables e inalienables, como por ejemplo el derecho de exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra. Por otro lado otro conjunto de derechos de carácter patrimonial, los cuales se pueden ceder a terceros, como por ejemplo los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación.

Por lo tanto, para publicar cualquier obra en nuestro sitio web, hay que tener permiso de quien ostenta los derechos de carácter patrimonial de la obra que queremos publicar. Esto es así con algunas excepciones, denominadas límites a los derechos de autor, previstas en la ley, como por ejemplo la citación, la ilustración con finalidad docente o de investigación, la copia privada o la libertad de panorama.


 

 

Las persones autoras de obras literarias o científicas en general y de recursos educativos en particular que quieran publicar su obra incluyente la cesión de algunos de los derechos que les otorga la LPI, lo tienen que indicar expresamente. Si la publicación se hace en un sitio web, se podría hacer, entre otros, de las siguientes formas:

  • Mediante un aviso legal. El cual incluya los usos que se quieren permitir de los contenidos del lugar.
  • Mediante la aceptación de los términos y condiciones de uso. Que tendrían que aceptarse para acceder al contenido.
  • Mediante una licencia de contenidos. Como por ejemplo las licencias Creative Commons. Un conjunto de licencias y herramientas de derechos de autor que ofrecen la posibilidad, tanto a autores individuales como instituciones, de otorgar permisos de derechos de autor sobre sus obras creativas de una forma simple y estandarizada.

 

 

La normativa que hemos mencionado obliga, entre otras circunstancias, a aquellos lugares que recaudan datos (como puede ser, por ejemplo, la web de un centro educativo), a incluir un Aviso Legal. Es muy recomendable que este aviso permanezca visible en todo momento y sea accesible desde cualquier punto de la página web.

Puedes encontrar un ejemplo de cómo colocar un aviso legal en tu sitio web en el mismo Portal.edu. Sería recomendable que lo visitaras.

T5 P6 2 Avislegal


¿Cuál sería la mejor alternativa para hacer visible siempre vuestro aviso legal? ¿Qué ubicación? El tema escogido para Portal.edu nos lo pone muy fácil. Comprobadlo en el siguiente videotutorial.

Execució del connector esperant aprovació

Aquest ús del connector ha estat afegit o modificat recentment. Fins que un edior del lloc en validi els paràmetres, la seva execució no és possible.


También tenéis la opción de incluir un HTML personalizado en un widget que podéis meter en cualquier de las ubicaciones que tenemos a nuestra ventana.

Te pasamos un ejemplo de texto que podría incluir un aviso legal en el siguiente enlace: Image ModelAvislegal.1


 

¿Qué podemos publicar en nuestra web?

 

Para respetar la propiedad intelectual de todo el que publicamos en nuestro sitio web tenemos que tener en cuenta los derechos de autoría de cada contenido o material que publicamos. Por lo tanto y para actuar de forma correcta, lo que podremos publicar será:

  1. Contenido propio.
  2. Contenido ajeno pidiendo permiso a quien ostente los derechos de autoría.
  3. Contenido ajeno sin pedir permiso aplicando alguna de las excepciones o límites a los derechos de autor previstas en la LPI.
  4. Contenido ajeno que ha sido publicado con una licencia de contenidos, respetando siempre los términos de la licencia.
  5. Enlaces a contenidos publicados en sitios web diferentes del nuestro.


Uso de imágenes

¿Podemos incluir imágenes o iconos ajenos en mis entradas o páginas? Claro que sí, pero tendréis que tener en cuenta las cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual.

Normalmente, si queremos utilizar imágenes extraídas de Internet, tendremos que buscar las que están etiquetadas con una licencia que permita su reutilización y, si es el caso, tendremos que hacer la mención de autoría para respetar los términos de la licencia correspondiente.

¿Sabías que Google te permite filtrar buscas de imágenes según los derechos de utilización que tengan?

T5 P6 3 Filtratcercaimatges


¿Os habéis fijado que la imagen de portada de este tema tiene una referencia a la web de donde se ha obtenido, después de comprobar que además de estar publicada con licencia de reutilización, obligaba a mencionar la autoría?

¿Podemos utilizar videos de YouTube?

Sí. Siempre que se respeten los términos y condiciones de la plataforma y se respetan los términos de la licencia con la cual esté publicada el video. En YouTube, suelen haber dos tipos de licencias:

  • Licencia YouTube Estándar: se ceden los derechos a YouTube pero a nadie más, por lo tanto, es como un "todos los derechos reservados" de cara al usuario final. Si un video tiene esta licencia, solo podríamos enlazarlo o insertarlo en nuestro sitio web haciendo uso del código que nos proporciona la misma plataforma (no disponible para todos los videos).
  • Licencia Creative Commons en YouTube: podemos enlazar, insertar, copiar el video en nuestro sitio web, e incluso hacer obra derivada, pero siempre indicando como es debido el reconocimiento de la autoría.


¿Cómo nos damos cuenta si un video tiene licencia CC?
En la descripción del video aparece la opción «MUESTRA MÁS». Si la pulsamos, tenemos que encontrar la leyenda «Licencia de atribución de Creative Commons (se permite la reutilización)».

¿Cómo hacemos una búsqueda solo de los videos con CC-*BY?
Haciendo cualquier búsqueda en YouTube, y después de hacerlo, clicando bajo a la izquierda la opción «FILTRA» y, más abajo, clicando encima de «Creative Commons».

Otros Contenidos

Igual que con las imágenes y videos, los recursos que queramos usar, como por ejemplo textos o cualquier otro material multimedia, tendría que estar en alguno de los supuestos anteriores: obra propia; obra ajena con permiso del autor; obra ajena haciendo uso de los límites establecidos en la ley o bien, obra publicada con una licencia que nos autorice a reutilizarlo en nuestra web. Si no es así, o incluso aunque lo sea, siempre podemos incluir un sencillo enlace en nuestro contenido.

En todo caso, sería recomendable que comprobaseis las condiciones de uso de la web de la que queremos reutilizar la información. Todo sitio web que se pretenda actualizado tiene que incluir, en alguna ubicación, sus condiciones de uso. Fíjate en las del aula virtual de este curso.

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A continuación, incluimos tres apartados con información adicional sobre derechos de autoría y licencias Creative Commons.

Recomendaciones para personas autoras de Recursos Educativos

En este artículo encontraréis información dirigida a las personas autoras de recursos educativos propios que quieran permitir la máxima difusión de sus materiales pero que, al mismo tiempo, quieran que se vea reconocido su trabajo y se mantengan protegidos sus derechos sobre la propiedad intelectual. Se publicó en el Boletín CvTIC núm 14 del equipo de coordinación TIC del Servicio de Informática para los Centros Educativos.


 

Más información sobre propiedad intelectual

En este cuaderno en formato PDF podéis encontrar la siguiente información sobre derechos de autoría, incluyendo algunas de las excepciones o límites a los derechos que podrían ser de interés.


 

Más información sobre licencias Creative Commons y repositorios de recursos

En este otro cuaderno en PDF, podréis encontrar más información sobre las licencias Creative Commons y también una serie de herramientas y recursos para la elaboración de materiales propios, inloent- varias fuentes de recursos reutilizables.



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TAREA: Ajusta tu web a la normativa


¡Juntemos todo lo que hemos aprendido! Con lo que hemos visto en las diferentes prácticas y tareas de los temas anteriores, además de todos los conceptos del tema actual, podemos crear una web para vuestro centro, dinámica, accesible, actualizada y, además y no por eso menos importante, ajustada a la normativa vigente en materia de protección de datos y derechos de autoría.

Repasad todos los contenidos que tenéis en Portal.edu hasta ahora y comprobad que, efectivamente, no estáis incumpliendo la normativa. Tendréis que pensar y valorar aspectos como por ejemplo:

  • Comprobar que no tenéis listados públicos con datos personales colgados en la web.
  • Comprobar que no habéis hecho uso de imágenes, iconos u otros materiales o recursos de los cuales no tenéis licencia o autorización de uso. Si tenéis ninguna duda en cuanto a las imágenes, ¿sabéis que Google permite hacer una búsqueda inversa de imágenes? Podéis ver cómo se hace siguiendo el siguiente enlace.

 

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  • Comprobar que los videos que enlazáis en la web no tienen imágenes del alumnado. En caso de que sí que tengan este tipo de imágenes, tendríais que subirlos a la mediateca del centro.
  • Comprobar si tenemos las autorizaciones correspondientes que nos habilitan para poder subir imágenes, videos o audios del alumnado del centro.
  • etc.


Es probable que en este curso, parte de los contenidos que habéis incluido en Portal.edu vengan importados desde Mestre a Casa, por lo cual este esfuerzo al repasar esa información sea inevitable y muy necesaria.

Para un mantenimiento de la web eficiente a largo plazo es más que recomendable establecer unas pautas para todas aquellas personas con permisos de edición sobre el portal. ¿Recordáis el documento de planificación del Tema 2? Ese es el lugar ideal para plasmar y dejar constancia de todas esas estrategias.

Entonces y para concretar, ¿cuál es la tarea que os estamos pidiendo? Ciertamente, más que una tarea en particular, lo que os pedimos es que continuéis trabajando en el diseño y elaboración de vuestra web tal como estáis haciéndolo pero, eso sí, teniendo en cuenta todos los contenidos y recomendaciones que hemos ido mostrando a lo largo de este tema para que vuestra web se ajuste al marco normativo vigente. Para cualquier duda, estamos a vuestra disposición. ¡Adelante!